Obispos venezolanos realizan jornada de actualización sobre la reforma del proceso de nulidad matrimonial

El episcopado venezolano como antesala a la realización de la CVII asamblea ordinaria plenaria a celebrarse del 07 al 12 de enero, realizaron una jornada intensa de formación en materia de derecho canónico los días 05 y 06 de enero, en las instalación de la Casa Mons. Ibarra, sede de la Conferencia Episcopal Venezolana, a cargo del Pbro. Dr. José San José Prisco, quien se desempeña como rector del Colegio Español en Roma y como profesor de la Pontificia Universidad Gregoriana y la Universidad Pontificia de Salamanca.

Con esta jornada se trata de poner en práctica el muto propio del Papa Francisco “Mitis Ludes Dominus Iesus” sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad matrimonial que fue precisamente el resumen de unas cuantas peticiones del Sínodo extraordinario de la Familia del Papa Francisco expresada en “Amoris Laetitia”

La idea es poder explicarles a los obispos el modo de actuar en los casos en los que les corresponda intervenir cuando tienen que declarar la nulidad matrimonial, en lo que ellos hacen las veces de jueces. “Hay casos en los que no se delega la responsabilidad en el vicario judicial ni en los tribunales, sino que ellos mismos deben resolver (los Obispos), por ello deben conocer cómo funciona el sistema y como aplicar la norma, expreso el Padre José Prisco
Este muto propio del Papa Francisco simplemente ha querido simplificar los procesos, hacerlos más cortos, más sencillos, gratuitos para quienes no tengan posibilidad económica de tal manera que la mayor parte de los fieles pueden acercarse sin temor a los tribunales porque saben que de alguna forma se les va a hacer justicia de una forma más ágil.

Una de las cosas interesantes, señalaba el padre Prisco, es que “antes para declarar la nulidad de matrimonio hacían falta que dos tribunales dictaran sentencia, un primer tribunal normalmente podía tardar un año y una segunda instancia entre seis meses u otro año; de tal manera que mínimo año y media o dos años era el tiempo normal para la declaración del matrimonio como nulo. Ahora con el nuevo procedimiento no hacen falta sentencias de dos tribunales sino solamente de uno”.

También este muto propio incluye un proceso nuevo que se llama “el proceso más breve” que son para causas de nulidad donde las partes están de acuerdo con la causa de la nulidad y las pruebas son suficientemente evidentes. “Es allí donde el juez es el obispo y en un período muy breve como de dos meses se puede declarar la nulidad, estos son casos muy particulares” acotó. Con esto ha habido un acortamiento de los tiempos, una aceleración de la justicia, una mejora en los procedimientos, una simplificación y un bajísimo costo de acuerdo a la reforma hecha por el Papa Francisco.

Finalmente, el padre Prisco resaltó que “los obispos no están llamados a ser canonistas sino pastores, pero precisamente atendiendo al llamado del Papa Francisco, este les invita a ser pastores y jueces en este caso particulares, por eso la importancia de esta actualización ya que permitirá comprender mejor la norma que ha dado el Papa y aplicarla en justicia como debe ser.

Prensa CEV
06 de enero de 2017